Introducción
Mallorca tiene más de 2.800 horas de sol al año y unas tarifas eléctricas entre las más altas de España. Son los dos datos que hacen que la instalación fotovoltaica en edificios residenciales no sea una opción futurista sino una decisión económicamente lógica que muchas comunidades de propietarios en Palma ya han tomado o están a punto de tomar.
El problema no es técnico: instalar paneles solares en un edificio es un trabajo bien conocido y resuelto. El problema es la gestión del proceso colectivo. Cómo se vota en junta. Cómo se distribuye el coste entre propietarios con cuotas y consumos distintos. Qué pasa con el vecino que se niega. Cómo se reparte la energía generada. Qué trámites hay que hacer ante quién. Y qué ayudas están disponibles en Baleares y cómo se solicitan sin perder el tren de las convocatorias.
En Vist i Fet no instalamos paneles solares directamente —eso es trabajo de instaladores eléctricos especializados— pero coordinamos este tipo de proyectos en Mallorca desde el lado de la obra civil: la preparación de la cubierta, el paso de los cables por el edificio, la adecuación del cuadro eléctrico y la gestión de los trámites técnicos ante el Ajuntament. Y hemos participado en suficientes instalaciones como para saber dónde se complican las cosas y dónde se resuelven con facilidad si el proceso está bien planificado.
¿Puede una comunidad de vecinos en Mallorca instalar paneles solares sin unanimidad? Sí, desde la reforma de la Ley de Propiedad Horizontal en el Real Decreto-ley 19/2021: basta con mayoría simple si el coste no supera doce mensualidades ordinarias. ¿Cuánto cuesta? Entre 15.000 € y 30.000 € antes de subvenciones para un edificio estándar, con ayudas que pueden cubrir el 40-50 % del coste. El período de retorno habitual en Baleares, tras subvenciones, es de 5 a 9 años.
Por qué Mallorca es uno de los mejores contextos de España para la solar comunitaria
La coincidencia de varios factores hace que la instalación fotovoltaica comunitaria tenga en Mallorca un caso financiero especialmente sólido en comparación con otras partes de España:
- Radiación solar extraordinaria. Con más de 2.800 horas de sol al año y una irradiación horizontal global entre las más altas de la Península e islas, Mallorca genera significativamente más kWh por kWp instalado que la media española. Una instalación de 10 kWp en Palma puede producir entre 14.000 y 16.000 kWh anuales, frente a los 11.000-13.000 kWh que produciría la misma instalación en el norte de España.
- Precio de la electricidad elevado. Las Islas Baleares tienen históricamente uno de los costes del kWh más altos de España, en parte por la dependencia del combustible fósil importado y el coste de la distribución en sistema aislado. Cada kWh producido localmente vale más que en el continente, y eso acorta los períodos de retorno de las instalaciones fotovoltaicas.
- Climatología favorable para los paneles. El clima mediterráneo de Mallorca combina alta irradiación con temperaturas que, aunque altas en verano, raramente superan los rangos de trabajo óptimo de los paneles fotovoltaicos de silicio monocristalino. A diferencia de lo que muchos creen, el calor extremo no mejora el rendimiento de los paneles —que trabajan mejor en frío con sol— pero el balance anual en Mallorca sigue siendo excelente.
- Incentivos autonómicos específicos. El Govern de les Illes Balears y los ayuntamientos mallorquines tienen programas de subvención y bonificación fiscal para instalaciones renovables en edificios residenciales que complementan las ayudas estatales. Palma, Calvià, Inca y otros municipios han articulado bonificaciones en el IBI para propiedades con instalaciones de energía renovable.
- Contexto de sensibilidad medioambiental. Mallorca tiene una dependencia energética del exterior muy alta —prácticamente toda su electricidad procede de combustibles fósiles importados o de la conexión por cable con la Península— y una conciencia ambiental elevada entre su población. Las instalaciones solares comunitarias tienen en la isla un doble valor: económico y simbólico.
"La primera vez que nos planteamos coordinar una instalación solar en un edificio de comunidad en Palma fue hace más de ocho años. Entonces el proceso era complicado, las subvenciones eran escasas y los vecinos eran escépticos. Hoy la situación es completamente distinta: la normativa facilita la decisión colectiva, las ayudas son sustanciales y los propietarios llegan a la junta con el cálculo de retorno ya hecho. El cambio ha sido radical."
— Juan, director técnico de Vist i Fet Serveis, S.L., empresa de reformas en Palma desde 1998.
Marco legal: qué cambió en la Ley de Propiedad Horizontal y qué significa para su comunidad
El obstáculo legal histórico para la instalación de paneles solares en comunidades de propietarios era la exigencia de unanimidad para intervenciones en elementos comunes. Eso significaba que un solo vecino podía bloquear indefinidamente la decisión del resto del edificio. El Real Decreto-ley 19/2021 de medidas urgentes para impulsar la actividad de rehabilitación edificatoria eliminó ese bloqueo de forma efectiva.
Qué permite la norma ahora
Desde la entrada en vigor de esta reforma de la LPH, la instalación de sistemas de generación de energía eléctrica a partir de fuentes renovables en los elementos comunes de un edificio —incluyendo la cubierta— puede aprobarse con mayoría simple de los propietarios presentes y representados en junta, siempre que el coste anual descontadas las subvenciones o ayudas públicas no supere la cuantía de doce mensualidades ordinarias de gastos comunes.
Si el coste supera ese umbral, la mayoría necesaria es de tres quintas partes de propietarios y cuotas. En ningún caso se requiere unanimidad.
La posición del propietario que vota en contra
Aquí está la distinción más importante de la norma y la que más malentendidos genera en las juntas:
Si el coste de la instalación no supera las doce mensualidades, todos los propietarios están obligados a contribuir en proporción a su coeficiente de participación, independientemente de cómo votaron. No hay posibilidad de disociarse del pago ni de los beneficios.
Si el coste supera las doce mensualidades y el propietario votó en contra, puede disociarse del pago. Pero al hacerlo, también renuncia a los beneficios de la instalación: no recibirá energía solar ni participará en el ahorro. Si posteriormente quiere sumarse, podrá hacerlo pagando su parte proporcional de la inversión más un interés.
La cubierta como elemento común: quién decide
La cubierta del edificio es un elemento común en casi todos los edificios en régimen de propiedad horizontal. Instalar paneles en ella es, por tanto, una intervención en elemento común que compete a la junta de propietarios, no al propietario del último piso aunque tenga acceso directo a la azotea. En edificios donde el propietario del ático tiene la azotea como uso privativo —situación que existe en algunos edificios de Palma— la situación jurídica es más compleja y conviene consultarla con un administrador de fincas o un abogado antes de actuar.
El proceso completo: del primer debate en el rellano a la instalación en marcha
| Fase | Qué se hace | Quién interviene | Duración orientativa |
|---|---|---|---|
| 1. Estudio previo de viabilidad | Evaluación de la cubierta (orientación, inclinación, superficie disponible, sombras de elementos cercanos, estado estructural). Estimación de producción y consumo. Primera orientación de costes. | Empresa instaladora fotovoltaica o técnico independiente | 1-2 semanas |
| 2. Solicitud de subvenciones | Identificar las convocatorias abiertas (IBAVI, Govern Balear, Ajuntament). Preparar la documentación requerida. Presentar la solicitud antes del inicio de la instalación. | Gestor administrativo o empresa instaladora con experiencia en ayudas | 2-6 semanas (depende de la convocatoria) |
| 3. Convocatoria y celebración de la junta | El presidente convoca junta extraordinaria con el punto en el orden del día, adjuntando el estudio previo y los presupuestos. Votación y acta. | Presidente y/o administrador de fincas | 2-4 semanas desde la convocatoria |
| 4. Proyecto técnico y permisos | Redacción del proyecto de instalación eléctrica por técnico competente. Solicitud de licencia al Ajuntament si procede. Comunicación a la empresa distribuidora (Endesa en Palma). | Ingeniero o técnico especialista en instalaciones eléctricas | 3-8 semanas |
| 5. Obras previas en el edificio | Preparación de la cubierta si es necesario (impermeabilización, refuerzo estructural puntual). Instalación de canaletas y tubos para el cableado. Actualización del cuadro eléctrico comunitario. | Empresa de reformas (Vist i Fet en esta fase) | 3-7 días de obra |
| 6. Instalación fotovoltaica | Montaje de la estructura de soporte, colocación de paneles, inversor, contador de producción y sistema de monitorización. Conexionado eléctrico. | Instalador fotovoltaico autorizado | 2-5 días de obra |
| 7. Legalización y puesta en marcha | Inspección por organismo de control autorizado (OCA). Boletín de instalación eléctrica (BIE). Tramitación del autoconsumo ante Endesa y la Direcció General d'Energia del Govern Balear. Configuración de los coeficientes de reparto. | Instalador + gestor administrativo | 4-10 semanas |
El plazo total desde la decisión en junta hasta el primer kWh producido oscila habitualmente entre tres y seis meses, dependiendo de la agilidad de los trámites administrativos —que es la variable menos controlable— y de si hay obras previas necesarias en la cubierta.
Cómo se reparte la energía entre los vecinos: el mecanismo del autoconsumo colectivo
Esta es la parte que más confusión genera entre los propietarios que se acercan por primera vez al tema, y tiene sentido: la mecánica del autoconsumo colectivo es más sofisticada que la de una instalación individual.
El principio básico
En una instalación de autoconsumo colectivo, los paneles generan electricidad que se vierte a la red interior del edificio. Cada propietario participante tiene asignado un coeficiente de reparto que determina qué porcentaje de la energía generada le corresponde. Ese porcentaje se descuenta automáticamente de su factura eléctrica individual a través del mecanismo de compensación simplificada: la empresa distribuidora (Endesa en Palma) hace el cálculo y cada propietario ve reducida su factura en función de la energía que le ha correspondido del sistema comunitario.
Los coeficientes de reparto
Los coeficientes de reparto se fijan en el momento de la instalación y se registran ante la Direcció General d'Energia del Govern Balear. Hay varias formas de establecerlos, y la junta debe acordar cuál se aplica:
- Por coeficiente de participación en la comunidad. Es el criterio más sencillo y el que genera menos conflicto porque ya está establecido en la escritura de división horizontal. El propietario de la vivienda con mayor coeficiente recibe más energía. Tiene la ventaja de ser objetivamente neutro y fácil de justificar.
- Por consumo histórico de cada vivienda. Se calcula en base al consumo eléctrico real de los últimos doce meses de cada propietario. Es más justo en términos de beneficio real (quien más consume, más ahorra) pero requiere que todos los participantes compartan sus datos de consumo y que el coeficiente se revise si los consumos cambian significativamente.
- Por acuerdo expreso de la junta. La ley permite cualquier criterio que la junta decida por mayoría, incluyendo asignaciones específicas para determinadas zonas del edificio (por ejemplo, que una parte de la energía cubra exclusivamente las zonas comunes y el resto se distribuya entre viviendas).
Los excedentes
Cuando la instalación genera más energía de la que los propietarios consumen en ese momento —lo que ocurre con frecuencia a mediodía en verano, cuando la producción solar es máxima y muchas viviendas están vacías—, el excedente se vierte a la red. Las instalaciones en autoconsumo colectivo pueden acogerse al mecanismo de compensación simplificada: la empresa distribuidora compensa ese excedente descontándolo de la siguiente factura a un precio pactado (habitualmente inferior al precio de compra, pero siempre con valor económico positivo).
El dimensionado correcto de la instalación debe buscar el equilibrio entre maximizar el autoconsumo —la energía que se consume en el mismo momento en que se genera— y no generar excedentes excesivos que se compensan a precio inferior. Para un edificio residencial en Palma, donde los picos de consumo de zonas comunes (ascensor, garaje, iluminación) son relativamente estables a lo largo del día, una instalación bien dimensionada puede lograr tasas de autoconsumo del 60-75 %.
La cubierta del edificio: lo que hay que verificar antes de instalar
La instalación fotovoltaica en la cubierta de un edificio residencial no es solo poner paneles encima. Hay condiciones técnicas de la cubierta que pueden afectar al coste de la instalación y a su viabilidad, y que conviene verificar antes de comprometer ningún presupuesto.
Estado de la impermeabilización
Es el primer punto a verificar y el que más frecuentemente genera costes adicionales. Los paneles se anclan a la cubierta mediante estructuras metálicas que en muchos sistemas penetran la capa de impermeabilización. Si esa impermeabilización tiene años y está en mal estado, la instalación de los anclajes puede generar filtraciones en los pisos superiores. Antes de proceder, conviene que una empresa con experiencia en cubiertas revise el estado de la impermeabilización y, si es necesario, la reemplace o refuerce antes de que los instaladores fotovoltaicos actúen.
En Palma, muchos edificios de los años 70 y 80 tienen cubiertas con impermeabilizaciones originales que llevan décadas en servicio. Pretender instalar paneles solares sobre una cubierta con filtraciones activas es crear un problema mayor que el que se intenta resolver. La inspección previa de la cubierta es un paso obligatorio en todos los proyectos que coordinamos en Vist i Fet.
Orientación e inclinación
La orientación sur con inclinación de entre 20° y 35° es la óptima para maximizar la producción solar en Mallorca. Las cubiertas planas —muy habituales en los edificios residenciales de Palma— permiten instalar la estructura soporte con la inclinación óptima, lo que en realidad facilita mucho el trabajo. Las cubiertas con inclinación propia en otra orientación (norte, este u oeste) pueden seguir siendo viables con producciones algo inferiores, pero conviene calcularlo antes de comprometer la inversión.
Sombras de elementos propios o de edificios adyacentes
Las antenas, cajas de escalera, toldos del ático, celdas de ascensor y otros elementos propios de la cubierta pueden generar sombras sobre los paneles que reduzcan significativamente la producción. En zonas densas del centro de Palma, donde los edificios están pegados unos a otros, las sombras de los edificios adyacentes en las horas de mañana y tarde también afectan. El estudio de sombras debe hacerse con herramientas específicas para el mes y la hora con peor producción (diciembre al mediodía solar en Mallorca) antes de decidir la potencia y la distribución de la instalación.
Capacidad de carga estructural
Los paneles fotovoltaicos actuales pesan entre 12 y 18 kg/m², y la estructura de soporte añade otro tanto. Para una instalación de 15 kWp con unos 35-40 paneles, la carga total sobre la cubierta puede suponer entre 1.500 y 2.500 kg distribuidos sobre los puntos de anclaje. En cubiertas de hormigón armado de edificios residenciales estándar, esta carga es habitualmente asumible sin problemas. Pero en cubiertas de azotea con solera ligera o en edificios con forjados de vigueta y bovedilla de los años 60, puede ser conveniente que un técnico verifique la capacidad portante antes de actuar.
Costes, subvenciones y retorno de la inversión en Mallorca
El análisis financiero de una instalación fotovoltaica comunitaria en Mallorca tiene tres componentes: el coste de la instalación, las subvenciones y bonificaciones disponibles, y el ahorro anual generado. El período de retorno resulta de dividir la inversión neta (coste menos subvenciones) entre el ahorro anual.
| Concepto | Importe orientativo | Notas |
|---|---|---|
| Instalación fotovoltaica 10 kWp (edificio de 8-10 viviendas) | 14.000 – 22.000 € | Incluye paneles, inversor, estructura, cableado e instalación. Sin obras civiles previas en cubierta. |
| Instalación fotovoltaica 15-20 kWp (edificio de 12-20 viviendas) | 20.000 – 35.000 € | Mayor potencia mejora la amortización por economías de escala en el sistema. |
| Obras previas en cubierta (impermeabilización + canaletas) | 2.000 – 8.000 € | Variable según el estado de la cubierta. Partida que no siempre incluyen los presupuestos de los instaladores fotovoltaicos. |
| Proyecto técnico + legalización + tramitación | 1.500 – 4.000 € | Honorarios del técnico redactor del proyecto y gestión de todos los trámites ante Govern Balear, distribuidora y Ajuntament. |
| Subvención IBAVI / Plan de Recuperación (orientativo) | 30 – 50 % del coste elegible | Varía según la convocatoria vigente. Debe solicitarse antes del inicio de la instalación. Consultar el IBAVI para la convocatoria activa en el momento del proyecto. |
| Bonificación IBI (municipios de Mallorca con ordenanza aprobada) | Hasta 50 % del IBI durante 3-5 años | Palma, Calvià y otros municipios tienen bonificaciones en el IBI para propiedades con instalaciones renovables. Verificar la ordenanza vigente en el municipio concreto. |
| Coste neto orientativo por vivienda (edificio de 15 viviendas, instalación de 15 kWp, con 40 % de subvención) | 900 – 2.000 €/vivienda | Rango amplio según el tamaño del edificio y la cuantía real de la subvención obtenida. |
Precios y porcentajes orientativos. Las subvenciones varían según las convocatorias vigentes en el momento del proyecto. Verificar siempre con el IBAVI las condiciones actuales antes de tomar decisiones económicas.
El cálculo del retorno: por qué en Mallorca es especialmente favorable
Una instalación de 15 kWp en Palma produce orientativamente entre 20.000 y 22.000 kWh al año. Si la comunidad tiene un consumo de zonas comunes de 12.000 kWh anuales (ascensor, garaje, iluminación de escalera y portal, telefonillos) y el resto se distribuye entre viviendas, el valor anual del autoconsumo a precio de mercado puede situarse entre 3.000 € y 5.000 €, dependiendo de la tarifa vigente.
Sobre una inversión neta de 15.000 € (después de una subvención del 40 % sobre un coste total de 25.000 €), el período de retorno de la inversión se sitúa entre 3 y 5 años. Después de ese período, el ahorro es puro beneficio durante los 20-25 años de vida útil de la instalación. En términos de rentabilidad financiera, es difícil encontrar en el mercado actual una inversión con este perfil de retorno y este nivel de riesgo.
Cinco instalaciones fotovoltaicas en comunidades de Mallorca: casos reales coordinados por Vist i Fet
Caso 1 · Edificio de 10 viviendas en Pere Garau, Palma: la instalación que se hizo en dos fases
La situación: edificio de planta baja más cuatro pisos en el barrio de Pere Garau. La comunidad quería instalación solar pero el estudio previo detectó que la cubierta necesitaba nueva impermeabilización antes de poder anclar las estructuras de los paneles: la membrana existente tenía más de veinte años y presentaba ampollas y grietas en varios puntos.
La solución: se planificó el proyecto en dos fases. Primera fase (Vist i Fet): nueva impermeabilización de cubierta con sistema bicapa de lámina asfáltica más capa de aluminio, instalación de las canaletas de hormigón para el paso del cableado por el exterior de la cubierta hasta el cuadro comunitario. Segunda fase (instalador fotovoltaico): instalación de 12 kWp en paneles monocristalinos sobre estructura de aluminio anclada sobre los pies de apoyo diseñados para distribuir la carga.
El resultado: la comunidad resolvió simultáneamente dos problemas: la cubierta que llevaba años filtrando en el piso del último piso y el coste energético de las zonas comunes. La instalación cubre el 100 % del consumo de las zonas comunes y genera excedentes que se distribuyen entre los diez propietarios. El coste total fue de 22.000 € (impermeabilización + instalación fotovoltaica), con una subvención del IBAVI del 35 % sobre la parte fotovoltaica.
Caso 2 · Comunidad de 20 viviendas en Son Armadans: el vecino que se negó y se arrepintió
La situación: edificio de 20 viviendas en Son Armadans. La junta aprobó la instalación por ocho votos a favor, tres abstenciones y uno en contra. El coste por vivienda era de 1.400 €, que superaba las doce mensualidades ordinarias, por lo que el propietario que votó en contra se acogió legalmente a la disociación del pago y de los beneficios.
Lo que ocurrió: dieciocho meses después de la puesta en marcha, ese propietario vio en las actas de comunidad que el ahorro anual de los participantes era de aproximadamente 280 € por vivienda. Solicitó sumarse a la instalación pagando su parte proporcional más el interés legal del dinero correspondiente al tiempo transcurrido. La junta lo aceptó por mayoría simple. Desde entonces es el vecino que más activamente defiende la instalación en la comunidad.
El aprendizaje: la norma que permite la disociación protege al propietario que vota en contra, pero la realidad del ahorro visible en las facturas es el mejor argumento para que esa disociación no dure mucho.
Caso 3 · Edificio mixto con locales comerciales en la Plaça de Toros: el reparto complejo
La situación: edificio de ocho viviendas y tres locales comerciales en planta baja en la zona de la Plaça de Toros. Los propietarios de los locales tenían coeficientes de participación altos pero consumos eléctricos muy variables (un local vacío y dos locales con comercios activos con consumos muy distintos). El reparto por coeficiente de participación beneficiaba desproporcionadamente a los locales con menor consumo.
La solución de reparto: la junta acordó un sistema mixto: el 40 % de la energía generada se destinaría a cubrir el consumo de zonas comunes (con beneficio para toda la comunidad, incluidos locales, en proporción a sus cuotas) y el 60 % restante se distribuiría entre los participantes en proporción al consumo histórico de cada unidad. Para los locales con consumo variable, se acordó una revisión anual del coeficiente basada en el consumo real del año anterior.
El resultado: un sistema más complejo administrativamente, pero percibido como justo por todos los propietarios. La instalación lleva dos años en funcionamiento sin conflictos sobre el reparto.
Caso 4 · Chalet adosado de seis unidades en Marratxí: solar comunitaria en vivienda unifamiliar agrupada
La situación: seis adosados en régimen de propiedad horizontal en una urbanización de Marratxí, con cubierta inclinada orientada al sur. Los propietarios querían instalación solar pero dudaban entre hacerla colectiva o que cada uno pusiera la suya en su tejado.
El análisis: una instalación colectiva de 18 kWp en las seis cubiertas sur tenía dos ventajas claras sobre seis instalaciones individuales de 3 kWp: el coste unitario era significativamente menor por las economías de escala, y la producción total era más estable porque siempre habría alguna vivienda consumiendo. Las seis instalaciones individuales habrían tenido costes de legalización y tramitación multiplicados por seis.
El resultado: instalación colectiva de 18 kWp con reparto equitativo por coeficiente de participación (igual para las seis unidades por ser idénticas). Coste total: 24.000 € antes de subvenciones, 14.400 € después. Cada propietario contribuyó 2.400 €. El ahorro anual por unidad en la factura individual es de aproximadamente 400 €. Retorno de la inversión: seis años.
Caso 5 · Edificio del Casc Antic de Palma: cuando la normativa patrimonial condiciona la instalación
La situación: edificio catalogado en el barrio de la Calatrava, Palma. La comunidad quería instalación solar pero la cubierta era de teja árabe restaurada con criterios de patrimonio histórico. Los paneles convencionales sobre la teja eran incompatibles con las condiciones del Catàleg de Patrimoni del Ajuntament de Palma.
La solución técnica: en lugar de paneles sobre estructura de aluminio (que habrían requerido perforar la teja), se optó por tejas fotovoltaicas integradas que sustituyen a las tejas convencionales en la zona más alta de la cubierta, invisible desde la calle. La Comissió de Patrimoni aprobó la solución porque no alteraba visualmente la apariencia del edificio desde el espacio público.
El coste adicional: las tejas fotovoltaicas integradas tienen un coste entre 2 y 2,5 veces superior al de los paneles convencionales por kWp instalado. La potencia instalable también era más limitada por la superficie disponible en la zona no visible. El proyecto resultó económicamente menos favorable que una instalación estándar, pero era la única opción viable para ese edificio concreto. La comunidad decidió proceder igualmente por el valor simbólico y la reducción de la factura comunitaria.
Preguntas frecuentes antes de llevar la solar a la junta de vecinos
¿Puede un solo propietario instalar paneles en la cubierta del edificio por su cuenta?
No sin el consentimiento de la comunidad. La cubierta es un elemento común y cualquier intervención en ella requiere la aprobación de la junta de propietarios. Un propietario que instala paneles en la cubierta sin autorización de la comunidad está actuando sobre un elemento que no es de su propiedad exclusiva, lo que puede derivar en una reclamación de la comunidad y la obligación de retirar la instalación.
Si un propietario quiere instalación solar individual en Mallorca y el edificio no tiene acuerdo de comunidad, la única alternativa sin necesidad de acuerdo colectivo es la instalación en su propia terraza privativa o en el espacio de su uso exclusivo, si existe. Pero incluso en ese caso, si el tendido del cableado requiere pasar por elementos comunes, necesita autorización.
¿Cómo afecta la instalación solar a la declaración de la renta de los propietarios?
Las instalaciones fotovoltaicas en edificios residenciales generan dos tipos de beneficios fiscales para los propietarios personas físicas. El primero es la deducción estatal por mejora de la eficiencia energética en la vivienda habitual, que permite deducir en el IRPF un porcentaje de las cantidades invertidas en instalaciones que reducen el consumo de energía no renovable. El segundo son las deducciones autonómicas que el Govern Balear puede articular específicamente para instalaciones renovables en Baleares.
Estos beneficios fiscales son individuales de cada propietario y los gestiona cada uno en su declaración. La comunidad como entidad no declara directamente, pero puede certificar la inversión realizada por cada propietario para que lo haga valer en su declaración personal.
Las condiciones exactas de estas deducciones cambian con frecuencia por modificaciones normativas. Consultar con un asesor fiscal antes de presentar la declaración para asegurarse de que se aplican correctamente los beneficios correspondientes al año fiscal en cuestión.
¿Qué pasa con los inquilinos de los pisos alquilados en el edificio?
La instalación solar es decisión y obligación de los propietarios, no de los inquilinos. El ahorro en la factura eléctrica beneficia al propietario, que verá reducido su coste del servicio que incluye en el alquiler (si paga él la electricidad) o que puede repercutir en las condiciones del contrato si la electricidad la paga el inquilino directamente.
En edificios con muchos pisos alquilados donde los inquilinos pagan directamente su electricidad, la comunicación con los inquilinos es importante pero no vinculante: el inquilino no tiene derecho de veto sobre las decisiones de la comunidad de propietarios sobre elementos comunes. Sí puede ser relevante explicarle el funcionamiento del autoconsumo colectivo para que sepa cómo leer su factura eléctrica después de la instalación.
¿Tu comunidad en Mallorca quiere dar el paso a la energía solar?
En Vist i Fet coordinamos los trabajos de obra civil necesarios para la instalación fotovoltaica en edificios de Palma y toda Mallorca: preparación de cubierta, canaletas, adecuación del cuadro eléctrico y gestión de los permisos del Ajuntament. Hacemos la visita técnica previa sin coste.
Solicita tu visita técnica gratuita →
Ver también: Servicio de instalación de placas solares en Mallorca →
Preguntas frecuentes sobre paneles solares en comunidades de vecinos en Mallorca
¿Cuántos votos necesita una comunidad para instalar paneles solares en Mallorca?
Desde el Real Decreto-ley 19/2021, basta con mayoría simple de los presentes en junta si el coste no supera doce mensualidades ordinarias. Si lo supera, se requiere mayoría de tres quintas partes. No se necesita unanimidad en ningún caso.
¿Cuánto cuesta instalar placas solares en un edificio de comunidad en Palma?
Entre 15.000 € y 35.000 € antes de subvenciones para edificios de 8-20 viviendas, según la potencia instalada y si hay obras previas necesarias en cubierta. Con las ayudas del IBAVI y el Plan de Recuperación (30-50 % del coste elegible), el coste neto por vivienda puede situarse entre 800 € y 2.000 €. Precios orientativos; solicitar presupuesto detallado.
¿Cómo se reparte la energía solar entre los vecinos de una comunidad?
Mediante coeficientes de reparto registrados ante la Direcció General d'Energia del Govern Balear. Pueden establecerse por coeficiente de participación, por consumo histórico o por cualquier criterio acordado en junta. La energía correspondiente se descuenta automáticamente de la factura eléctrica individual de cada propietario participante.
¿Qué subvenciones existen para placas solares en comunidades en Baleares?
Los programas del Plan de Recuperación gestionados por el IBAVI pueden cubrir el 30-50 % del coste elegible. Algunos municipios de Mallorca aplican bonificaciones en el IBI de hasta el 50 % durante varios años. La solicitud de subvención debe presentarse siempre antes de iniciar la instalación. Verificar las convocatorias vigentes en el IBAVI en el momento del proyecto.
¿Cuánto puede ahorrar una comunidad de vecinos con placas solares en Mallorca?
Una instalación de 15 kWp bien dimensionada puede cubrir el 80-100 % del consumo de zonas comunes y generar excedentes distribuibles entre las viviendas. El ahorro anual en la factura de zonas comunes puede situarse entre 2.000 € y 4.000 € dependiendo del consumo y la tarifa. El período de retorno de la inversión neta (después de subvenciones) suele ser de 5 a 9 años en el contexto de Mallorca.
¿Puede un vecino negarse a participar en la instalación solar de la comunidad?
Puede votar en contra, pero no bloquear la instalación si se aprueba con el quórum legal. Si el coste supera doce mensualidades ordinarias y votó en contra, puede disociarse del pago renunciando también a los beneficios. Si no supera ese umbral, todos los propietarios están obligados a contribuir en proporción a su coeficiente de participación.
Fuentes y referencias
- Real Decreto-ley 19/2021, de 5 de octubre, de medidas urgentes para impulsar la actividad de rehabilitación edificatoria en el contexto del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Modificaciones a la Ley de Propiedad Horizontal en materia de instalaciones de energías renovables. BOE núm. 239. boe.es
- Real Decreto 244/2019, de 5 de abril, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo de energía eléctrica. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. boe.es — RD Autoconsumo
- IBAVI — Institut Balear de l'Habitatge. Programas de ayudas a la rehabilitación edificatoria y eficiencia energética en las Islas Baleares. Govern de les Illes Balears. ibavi.caib.es
